MEDIACIÓN

La mediación es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes enfrentadas recurren «voluntariamente» a una tercera persona «imparcial», el mediador, para llegar a un acuerdo satisfactorio. Es un proceso extrajudicial o diferente a los canales legales o convencionales de resolución de disputas, es creativo, porque mueve a la búsqueda de soluciones que satisfagan las necesidades de las partes, e implica no restringirse a lo que dice la ley. Además, la solución no es impuesta por terceras personas, como en el caso de los jueces o árbitros, sino que es creada por las partes.

 

Una característica de la mediación es que es una negociación cooperativa, en la medida que promueve una solución en la que las partes implicadas ganan u obtienen un beneficio, y no sólo una de ellas. Por eso se la considera una vía no adversarial, porque evita la postura antagónica de ganador-perdedor. Por este motivo, también es un proceso ideal para el tipo de conflicto en el que las partes enfrentadas deban o deseen continuar la relación.

 

Existe gran diversidad de ámbitos de aplicación donde la mediación resulta posible y ha mostrado su eficacia en la resolución de conflictos. Sin entrar en las particularidades de cada uno de ellos, cabe mencionar los siguientes:

  • Mediación derivada desde un tribunal de justicia
  • Mediación empresarial o de negocios
  • Mediación laboral
  • Mediación familiar
  • Mediación vecinal o comunitaria
  • Mediación víctima-ofensor (en material penal)
  • Mediación escolar o en ámbitos educativos
  • Mediación en ámbitos sanitarios
  • Mediación en situaciones de acoso o mobbing (sin que sean materia penal)
  • Mediación urbana o ciudadana relacionada con asuntos públicos
  • Mediación de Ombudsman (Defensores en distintos ámbitos: del pueblo, del menor, del ciudadano, del lector, universitario, etc.)

Como se ha dicho más arriba, la función esencial del mediador consiste en ayudar, en asistir, en facilitar a las partes implicadas en un conflicto en relación con dos aspectos básicos: en primer lugar, en todo lo que se refiere al proceso mediante el cual las partes interactúan, se comunican, se relacionan y plantean alternativas o soluciones a sus problemas. Y en segundo lugar, en aquellos aspectos relacionados con los objetivos que persigue el proceso de mediación, ya se trate de alcanzar acuerdos, de mejorar la comunicación o las relaciones entre las partes, o de ambas cosas, que sería la meta óptima.

 

Nuestros mediadores tienen la titulación universitaria y específica necesaria para el desempeño de su función, están inscritos en el Registro General de Mediadores de su ámbito correspondiente y tienen suscrito el preceptivo seguro de responsabilidad civil.

 

Las tarifas de la mediación serán, al igual que las establecidas para los Abogados, adecuadas a las posibilidades de los clientes y en función de la entidad del asunto a tratar. No obstante, por regla general, se seguirán las establecidas por el Instituto de Mediación, un organismo equivalente que corresponda al lugar donde se desarrolle la mediación.